La CARM respalda al COIIRM en su defensa de la profesión y contra el intrusismo

Fuente:
villadealhama.es

La Consejería de Hacienda da la razón al Colegio en su recurso contra la inclusión de ITIS en la provisión interna de una plaza de Ingeniero Industrial

La Consejería de Hacienda del Gobierno regional ha estimado el recurso presentado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Región de Murcia (COIIRM), en el que se solicitaba la exclusión de dos ingenieros técnicos industriales (ITIs) que se habían presentado a la convocatoria para cubrir, mediante provisión interna, una plaza de Ingeniero Industrial para el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

A través de una Orden publicada el pasado 3 de julio, la Consejería de Hacienda daba la razón a lo argumentado por el COIIRM, respaldando de esta forma la lucha emprendida por el Colegio en defensa de la profesión de Ingeniero Industrial y en contra del intrusismo.

De hecho, en los últimos meses el COIIRM ha intensificado sus actuaciones en defensa de la profesión, presentado una decena de recursos a diversas convocatorias públicas abiertas por distintas Administraciones, entidades y organismos públicos.

En concreto, la Orden publicada por la Consejería de Hacienda, reconoce que la profesión regulada de Ingeniero Industrial exige la doble titulación de grado + máster, señalando que, "en definitiva, no parece haber duda de que el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Industrial requiere, conforme a las determinaciones del Derecho de la Unión Europea, una titulación que no se corresponde con la de grado".

Igualmente, reafirma que los puestos de la Administración Pública que suponen el ejercicio de una profesión regulada deben cumplir el requisito de titulación establecido para la misma. La Orden también diferencia los puestos de los Cuerpos, Escalas y Opciones de la Administración para los que no se exige un título determinado, sino solo tener un nivel de titulación universitario, de aquellos otros Cuerpos, Escalas y Opciones que sí exigen tener un concreto título oficial concreto.

Así, especifica que los que sí exigen estar en posesión de un título oficial "suelen coincidir con aquellos Cuerpos, Escalas y Opciones que vienen ejerciendo una profesión regulada, y que encuentran su base en la previsión contenida en el artículo 46 del EBEP, que prevé que cuando la Ley exija otro título universitario será este al que ha de atenerse".

Además, aclara que "lo anterior debe tener en cuenta que la 'Ley' no se refiere únicamente a la norma que formalmente ha sido promulgada, sino también a normas que tienen igual fuerza, como son las normas comunitarias".

La Orden, que puede ser recurrida en vía contencioso-administrativa, tiene especial relevancia en lo que respecta a la delimitación de las competencias de los Ingenieros Industriales, marcando una clara línea divisoria respecto a los ITIs.

El COIIRM reiteró su compromiso en la defensa de la profesión de Ingeniero Industrial, cuya cualificación, versatilidad, y sobre todo, sus atribuciones profesionales le confieren un amplio ámbito de actuación dentro de los procesos convocados por la Administración Pública.

Desde el COIIRM se recuerda que, la pertenencia al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Región de Murcia garantiza la calidad del trabajo realizado y el compromiso con los valores deontológicos de la profesión.

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